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Los primeros pasos de la #LeyPinedo para proveedores del servicio a Internet

April 6th, 2011

A raíz de una nota del Parlamentario sobre el Proyecto de Ley para Proveedores de Acceso a Internet propuesto por el diputado Federico Pinedo del PRO (@PinedoFederico), surgieron algunos ecos en la Web. Fueron pocos, pero bastante contundentes como el publicado por Fabio Baccaglioni en su blog fabio.com.ar (@fabiomb) quien además de hacer una lectura crítica fomentó una discusión online digna de ser leída en la zona de comentarios.

Independientemente del pensamiento y valoraciones sobre el PRO el Diputado entendió que existía cierto descontento por parte de algunas personas de la Web y decidió hacer una convocatoria informal para explicar el espíritu del proyecto y para escuchar críticas. Estuvo acompañado por colaboradores y gente del equipo de Medios Digitales (como @DonRudi y @dan_abadie) quienes han sido excelentes anfitriones.

A esta altura el proyecto está en una etapa en la que puede ser modificado, luego pasará a las comisiones (Mauro Accurso sugirió agregar la Comisión de Libertad de Expresión), para luego seguir el proceso de la Cámara. Esto significa que es un buen momento para ocuparse del tema.

El espíritu del proyecto está orientado a que los damnificados por algún “delito grave” relacionado con la publicación de contenidos en Internet cuenten con un instrumento judicial rapido y efectivo para que dicho contenido sea retirado.

Las sugerencias básicas que pude expresar son:

Si se considera que Internet se asocia a las infraestructuras, sobre las que rigen regulaciones nacionales de telecomunicaciones, es inevitable encontrar su correspondencia con el territorio nacional. Es decir que en el plano de Internet los enlaces físicos, servidores, y todos los servicios de acceso a los mismos pueden estar fácilmente alcanzados por la Ley. En todo caso, como iniciativa relacionada con la garantía de libertad en Internet se podría fomentar la aprobación de la Ley de Neutralidad, que Chile ya tiene.

El contenido circula, se aloja y se replica en distintos planos por sobre Internet, entre ellos (y muy importante) la Web. Ese es el espacio en el que usuarios, organizaciones, etc. son capaces de publicar. La ley pretende que un proveedor de servicios (un ISP como Arnet o Fibertel) asuma responsabilidad ante la orden de un juez si entiende que la solicitud de un usuario está fundada (unilateralmente), y entonces puede librar una cautelar.

Los ISP están en ese gris entre Internet y la Web. Los servicios de Hosting también. Sin embargo son quienes deben hacerse responsables del contenido publicado por terceros si un juez así lo interpreta, al extremo de que aparezca un simple link a un sitio supuestamente ofensivo o cuyo contenido viola algún derecho.

Aquí hay cinco problemas centrales:

Velocidad de replicación: por más rapida que sea la cautelar por parte del juez, la replicación de la información seguramente es más veloz. Esto implica que un contenido podría replicarse en cientos de otros sitios en muy poco tiempo, por lo que las acciones que debería tomar un prestador de servicios de Internet para evitar que circule el contenido en cuestión es sencillamente imposible.

Territorialidad y jurisdicción: la publicación original puede producirse en Argentina, o no. En este último caso no habría posibilidad de fijar jurisdicción, salvo que esté previsto algún instrumento jurídico internacional. Las réplicas de los contenidos pueden estar en cualquier lugar del mundo y por lo general se producen fuera de la Argentina.

Tipo de delitos: si bien se menciona la idea de “graves” no se encuentran tipificados. Los ejemplos que surgieron fueron los del terrorismo, o violaciones a los derechos humanos. Claramente estos son graves. Pero un juez podría interpretar que llamar “boludo” a otra persona también es grave y de algún modo comenzar a recibir una catarata de denuncias por el simple hecho de a alguien no le cayó bien lo que dijo otra persona de él. Pero como además se trata de una medida cautelar tiene acción más bien inmediata y no hay posibilidad de discutirlo antes de querer hacer desaparecer el contenido.

Acciones judiciales: las acciones que los jueces podría pedir son las de bloqueo, eliminación y restricción. Todas parecen no poder implementarse. Si se consideran las réplicas automáticas de contenido no tendría mucho efecto la eliminación de un contenido de un servidor local. Tampoco sería efectivo el bloqueo, porque un sitio o un servidor suele tener enormes cantidades de contenidos y no es posible el filtrado de uno en particular. Sin mencionar que no puede bloquearse cientos de sitios del exterior por un contenido en particular.

Posibles interpretaciones de los jueces: habrá jueces que conocen algún detalle de este tema. Pero en general no es así. Está claro que parte de su responsabilidad es enterarse, pero también sería bueno que la Ley prevea algún modo más orgánico de soporte a los jueces. Este punto fue especialmente insistido por Claudia Alderete.

En resumen, de prosperar la Ley tal como está escrita a priori parece no efectiva y genera el peligro de que un instrumento rapido comience a fomentar la molestia a muchos usuarios para expresarse libremente.

¡A juntar ideas que este es el momento para expresarlas! Si cualquiera de los tres poderes puede eliminar, restringir o bloquear hay que tomárselo en serio.

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Por la seguridad, lo hacemos los que sabemos

December 10th, 2008

Cuando Willis y Bowman decían que la gente sabía más que ellos al hablar del periodismo estaban remarcando, aún más, que el saber del conjunto además de ser poco refutable es más que el saber de cualquier erudito. Cuando se buscan los efectos de red, de un conjunto de personas,  a saber más sobre las cosas los resultados siempre son asombrosos, sino basta con el ejemplo de Wikipedia.

Independientemente de la simpatía política que uno puede tener con Francisco de Narváez, hay que rescatar la iniciativa que ha decidido apoyar y financiar: el mapa de la inseguridad. Este website utiliza las tecnologías de GoogleMaps para georefrenciar distintos crímenes perpetrados en la Provincia de Buenos Aires. Pero el registro no es oficial, no es judicial, ni es estadístico. Es participativo. Se busca que cada persona que haya sufrido o que sepa de alguna forma qué tipo de delito se cometió (robo, hurto, venta de drogas ilegales, etc.) ingrese y simplemente consignando el lugar donde ha ocurrido queda registrado. Claramente recuerda a Chicago Crime, un pionero indiscutido.

Mapa de la inseguridadLos bloggers tuvimos el adelanto hace unos días, afortunadamente no experimentamos el exceso de tráfico que se generó hoy.

El mapa de la inseguridad es un desafío, una excelente idea, y una esperanza de participación de parte de la población. La discusión acerca de la inseguridad en la Ciudad y la Provincia de Buenos Aires es una cuestión de todos los habitantes. Las cifras oficiales no son correctas, o al menos no concuerdan con la experiencia de los ciudadanos. La delincuencia está bien organizada (basta entender la logística de los crímenes para darse cuenta). Hay que participar de esta iniciativa sin cuestionamientos políticos. Es el registro de la inseguridad que vive la gente.

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Aplicando la regla de otro entorno

November 21st, 2008

No basta con que la caja del Estado se quede con el dinero de todos los que teníamos una cuenta (a nuestro nombre, privada), también el presidente argentino con problemas de género (que quiere traer a Tutankamón) cree que Obama es su fan en los días en que Telefónica no puede comprar más, y Queen sin Freddy vuelve a la Argentina, seguramente no por Aerolíneas a punto de expropiarse. En este contexto se impulsa una investigación para encontrar el primer mail que circuló con un archivo que hizo alguien que tenía alguna habilidad con el Photoshop.

El documento habla de la necesidad de caja por parte del Gobierno y propone, evaluando además que puede hacerse, la apropiación de los fondos de las AFJP (cosa que ya está aprobada), un corralito para hacerse de los depósitos del sistema bancario, y la apropiación de dinero de las cajas de seguridad de los bancos.

El Gobierno se pone nervioso porque, según el derecho, hacer circular un mensaje de este tipo es “intimidación pública”.

Yo no logro responderme: ¿por qué algo que se encuentra fuera del entorno de las leyes debe ser alcanzado?. Quiero decir: se trata de otro caso en el que cierta información que circula por Internet queda debajo del imperio del derecho que está construido para un mundo en el que Internet no existe y en el que la Web no se constituye como otro espacio distinto y paralelo de relación entre las personas.

No debe aplicarse la ley del entorno fisico a la Web. El derecho no es absoluto. Si la Web hubiera nacido normada como se pretende hoy, hubiera nacido muerta.

Pero aún suponiendo que hay algún argumento lógico para aplicar norma sobre la Web, lo más triste es que esta gestión de gobierno hace que un memo de este tipo sea creíble

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